25 de diciembre de 2007

MARCHANDO UNA DE PSEUDOECONOMÍA

Se acercan las elecciones y los partidos en sus ansias de conquistar electorado empiezan a hacer declaraciones y a ofrecer el oro y el moro. El “y yo más” funciona que da gusto. Antes era “y tu más”. Ahora como estamos de rebajas de impuestos se trata de ofrecer más que los demás.
No importa ni cómo ni cuando.
Al principio fue el IRPF: “vótenme, que conmigo no declararán los que ganen menos de 16.000
??. Eso fue ayer, mañana quizás aumenten la cantidad exenta.
La anteúltima la ha dado el presidente del Gobierno de España, el Sr. D. José Luis Rodríguez Zapatero. Ha dicho que se está pensando suprimir el Impuesto sobre el patrimonio.
Hagamos un poco de memoria. Este impuesto se instauró dentro de la reforma fiscal abordada por el Gobierno de UCD, siendo ministro de Hacienda D. Francisco Fernández Ordóñez. Nació como un tributo extraordinario y transitorio, complementario del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF). En 1978 se introduce en España por primera vez un impuesto que grava el patrimonio de las personas físicas mediante Ley 50/1977, de 14 de noviembre, de Medidas
Urgentes de Reforma Fiscal (BOE de 16 de noviembre), desarrollado por Orden Ministerial de 14 de enero de 1978 (BOE de 17 de enero) que estableció el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas (IEPPF).
Este tributo no tenía objetivos recaudatorios y prueba de ello es la existencia de un mínimo exento muy elevado (4.000.000 de pesetas) y una reducción general también muy elevada (6.000.000 de pesetas).
La tarifa era corta, con un tipo máximo del 2 por ciento. Al IEPPF se le atribuyó un carácter básicamente censal y de control y complemento del IRPF. Además su carácter extraordinario era explícito aunque transcurrieron muchos años antes de que fuese modificado. Sucesivas
reformas en el 88, en el 91, etc… con aumento del mínimo exento a 15 millones de pesetas, aumento de la progresividad (aumenta la tarifa hasta el 2,5 por ciento); establecimiento
de un impuesto mínimo, supresión de la reducción personal, hacen que la
filosofía de este tributo vaya cambiando.
Aparece la exoneración por útil de trabajo, se amplía esta exoneración a las sociedades cotizadas
en bolsa y con esto los activos empresariales quedan prácticamente fuera de este impuesto.
¿Hemos leído lo de progresividad? Lo recalco porque aquella reforma de Fernández Ordóñez se
está quedando en nada.
La progresividad está desapareciendo a pasos agigantados. El que “los que más tengan que más paguen” se está transformando en vamos a pagar lo menos posible. Cada vez hay menos tramos y el tipo marginal sigue bajando. Y recordemos que el sistema impositivo proporcional es “menos justo” que el progresivo, aunque no quiera reconocerse. Disminuir poco apoco los impuestos directos por el pago de impuestos indirectos no va a hacer que la redistribución de la riqueza, filosofía de aquella reforma, pueda ser algo alcanzable. Vamos ni de lejos. Sin ánimo de pontificar, recordemos que los países socialmente más avanzados son aquellos que más impuestos directos
recogen.
En la actualidad el mínimo exento para el IP está fijado en una BI de 108.182,16 € y un valor patrimonial de 601.012,10 € Este impuesto está transferido a las comunidades autónomas desde
hace muchos años (entre 1984 y 1986), la última fue Madrid en el 2002. Por cierto es la que más recauda más del séxtuplo que Castilla y León. Curiosamente Cataluña tiene más contribuyentes pero recauda menos.
Es posible que el esfuerzo recaudatorio del estado no sea lo suficientemente rentable sobre la cantidad recogida.
Es cierto que solamente un 56% de estos declarantes poseen un patrimonio superior a los 300.000 €. Es cierto que “solamente” se han contabilizado 957.503 contribuyentes, casi un millón, que tampoco está mal.
Es cierto que en Europa solamente España, Suecia y Francia mantiene este impuesto.
Es cierto que su intención de controlar y censar el patrimonio se ha desvirtuado.
Es cierto que nadie quiere pagar.
Pero es extraño que un partido que se dice de izquierdas pretenda precisamente, no rebajar el tipo impositivo, sino hacer desaparecer un impuesto sobre la posesión de patrimonio.
¿Qué diferencia va a haber ahora entre “ricos y menos ricos? El asunto, dicen, es tratar de favorecer a la clase media, no sé si será cierto o no, pero no queda demasiado claro. Un impuesto
que pagaban los poseedores de fortunas ahora no lo van a pagar.
Aún recuerdo aquella vez en que a Mario Conde le salió la declaración negativa, se publicó, fue
legal, a lo mejor también justo, pagó más de lo que debía, pero sentó de mal,…
Qué le vamos a hacer, Botín y yo en el mismo saco.
Información técnica y bases de datos obtenidas en http://www.aeat.es/ Información periodística obtenida de http://www.elpais.com/ o en su edición impresa de 5 de diciembre.

BIENVENIDA

Bienvenidos y bien hallados. Esta es la primera vez que me fabrico un blog. No desespereis, ya saldrá mejor. Nos vemos y nos comunicamos.